Francisco Javier Almeida, el detenido por el asesinato de un niño de nueve años en Lardero (La Rioja), fue condenado en 1998 a 30 años de prisión por la agresión sexual y el asesinato con alevosía de una joven agente inmobiliaria.
En ese momento, el Código Penal establecía que el máximo eran 25 años de encierro en prisión. La condena culminaba en 2023, pero en 2020 obtuvo la libertad condicional sin la oposición de la Fiscalía ni el juez.
Y es que, como explica el magistrado Ignacio González Vega, tenía cumplidas "tres cuartas partes de la condena, se informó favorablemente para la concesión de la libertad condicional y tenía una conducta calificada de ejemplar". Esto le permitió acceder a esta medida.
Según lo fijado en el artículo 90 del Código Penal, con estas condiciones y estando clasificado en tercer grado, se puede acceder a esta libertad. Por ello, el 8 de abril de 2020 y, sin la oposición del fiscal, se acordó su excarcelación.
Acualmente, con la pena de prisión permanente revisable "no se puede acordar la libertad condicional cuando no se han cumplido, al menos, 25 años de prisión", ha apuntado el magistrado Joaquim Bosch. En caso de Francisco Javier Almeida, al tratarse de una condena de 1998, no era aplicable la libertad vigilada
Precisamente, este domingo el propio ministro del Interior ha querido lanzar un mensaje de cariño a la familia, "ante una tragedia así". Mientras, desde PP y Ciudadanos han pedido explicación a Fernando Grande-Marlaska sobre lo ocurrido con este caso.
El alcalde de Estepona, investigado
La declaración de la mujer que acusa al alcalde de Estepona de acoso sexual: "No he ido al Ayuntamiento, no sé si tengo despacho"
El contexto laSexta ha tenido acceso en exclusiva al vídeo de las declaraciones del caso que investiga al alcalde de Estepona. En ellas, la mujer que le acusa de acoso sexual asegura que José María García Urbano la contrató para un trabajo en el Ayuntamiento -revisar farolas y macetas- que nunca realizó y por el que cobró 5.000 euros en un solo mes.