El novio de Ayuso intentó colar como gastos de empresa compras personales. 58 euros en productos de higiene personal como champú desodorante o colutorio. Hasta intentó desgravarse las bolsas de plástico: 50 céntimos. También hay artículos de ocio: 900 euros de un saxofón o cinco euros de pelotas de pádel. Más caro fue el arreglo del Porsche, 1.500 euros o la compra de un Rolex de 9.000 euros en Ibiza que también intentó desgravar. Todo figura a nombre de la sociedad Maxwell Cremona, de la que González Amador es administrador único, en unas facturas de 2020 y 2021, que ha desvelado la Cadena Ser.
Pero él no ha sido el único. La picaresca de otras caras conocidas incluye desde jamones hasta gafas de sol. Miguel Bosé intentó deducirse a través de su compañía artística jamones o embutidos. Según él, gastos de representación. También un entrenador personal, tratamientos de fisioterapia, el alquiler de un coche que usaba su pareja o la reparación de otros dos cuando sus traslados profesionales los hacía en coche de alquiler con conductor.
A Patricia Conde la delató su portero. Aseguró que era su residencia habitual la vivienda de La Moraleja cuya compra y reforma intentó también deducirse argumentando que sería su estudio de grabación. Además de gastos personales como ropa interior, perfumes o tratamientos de estética que según ella eran necesarios para su imagen pública.
Lo que deja claro la normativa tributaria es que tienen que ser gastos necesarios para desempeñar una actividad profesional, justificados con la factura original e incluidos en la contabilidad de la empresa. Si cumplen estos tres requisitos, un autónomo puede deducirse por ejemplo el alquiler del local y los suministros (agua, luz, internet...), las materias primas con las que trabaja, los servicios externos que contrata como gastos de gestoría o auditoría y la tecnología habitual que precisa cualquier empresa.
Hacienda rechaza aproximadamente la mitad de los gastos a priori deducibles. Para empezar, los que están recogidos por ley: facturas anteriores a cuatro años, joyas, alimentos, bebidas o tabaco, salvo que supongan la materia prima de un negocio como un bar, por ejemplo; espectáculos o servicios a empleados como las cestas de Navidad y viajes, hostelería o restauración, que sí podrían deducirse en su caso de otros impuestos como IRPF o Sociedades.
Pero hay otros en los que cuesta justificar que un gasto se ha efectuado dentro de la actividad laboral. Quién dice que un traje no se usa después para el entorno privado, quién dice que el combustible de un coche se usa solo en horario laboral o qué comidas son gastos de representación con clientes. En este caso, un mail, una captura de WhatsApp o hasta una fotografía pueden ser la prueba definitiva para que Hacienda lo considere un gasto deducible.
¿Cuántos hay?
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