Las demandas del rey

El acto de conciliación entre el rey Juan Carlos y Revilla para evitar el juicio será el 16 de mayo

¿Qué podemos esperar?
A la cita en el juzgado de Santander pueden acudir los propios interesados o bien sus abogados. Hay varios escenarios posibles: que se archive el expediente, que se alcance una conformidad o que la demanda siga adelante.

El recorrido judicial de Revilla tras la denuncia del rey Juan Carlos por "expresiones injuriosas"
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El acto de conciliación entre el rey Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla ya tiene fecha: será el viernes 16 de mayo, a las 10:00 horas. Si ambas partes deciden acudir, el monarca y el expresidente cántabro, o bien sus representantes legales, se verán las caras en la sede judicial de Las Salesas, en Santander, para evitar ir a juicio, después de que el exjefe del Estado presentara una demandacontra el político, a quien acusa de verter "expresiones injuriosas" contra él.

El señalamiento ya ha sido comunicado a ambas partes y consistirá en una comparecencia ante la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander. Demandante y demandado podrán acudir ellos mismos o por medio de su procurador.

¿Qué puede pasar? De esta cita pueden salir varios escenarios: además de la posibilidad de que una de las partes no comparezca, se podría archivar el expediente, alcanzarse una conformidad o bien que la demanda siga su curso. En concreto, si no compareciera la parte solicitante, es decir, el rey emérito o su representación, se le tendrá por desistido y se archivará el expediente. En cambio, si quien no acude es Revilla, se pondrá fin al acto, teniéndose la conciliación por intentada a todos los efectos legales.

En el acto de conciliación, el solicitante expondrá su reclamación y el requerido contestará lo que considera conveniente. Si se alcanza conformidad entre los interesados en todo o en parte del objeto de la conciliación, se hará constar detalladamente en un acta todo cuanto acuerden y que el acto terminó con avenencia, así como los términos de la misma, y los comparecientes deberán firmarla. Si no se consigue acuerdo alguno, se hará constar que el acto terminó sin avenencia.

Finalizada la comparecencia, la letrada de la Administración de Justicia dictará un decreto donde hará constar el resultado de la misma: la avenencia o, en su caso, que se intentó sin efecto o que se celebró sin avenencia, acordándose el archivo definitivo de las actuaciones.

La semana pasada, conocimos que Juan Carlos I había fichado a la misma abogada que defiende al novio de Isabel Díaz Ayuso para demandar al expresidente cántabro, a quien pide una indemnización de 50.000 euros -su defensa dice que se destinaría a una organización benéfica- por declaraciones realizadas en mayo de 2022 y enero de 2025. El expolítico, sin embargo, no se retracta. A su vez, esta misma semana ha trascendido una nueva demanda del emérito, esta vez contra su expareja Corinna Larsen.